CONVOCATORIA DEL PROGRAMA EMERGENTE DE APOYO A TRABAJADORAS Y
TRABAJADORES MIGRANTES DESEMPLEADOS DEL DISTRITO FEDERAL.
BENITO
MIRÓN LINCE, SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, con fundamento en
los artículos 5º, 25 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1, 5, 42, 44 y 65 de la Convención Internacional para la Protección
de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares; 12
fracciones I, IV, V, IX y XI, 87, 88 y 115 fracciones II, XI y XII, del
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 3º y 523 fracción III, de la Ley
Federal del Trabajo; 1, 2, 6, 7, 8, 15 fracción XVIII, 16 fracciones I, III y
IV, 23 Ter fracciones I, II, III, VII, XI, XIV, XXIV y XXVIII, de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y, he tenido a bien
emitir la siguiente:
CONVOCATORIA
A las trabajadoras y
trabajadores migrantes cuyas familias residan en el Distrito Federal y que
hayan perdido su empleo en el extranjero con motivo de la crisis financiera y
bancaria mundial, a partir del 1° de enero de 2008, se les convoca a participar
e inscribirse al:
PROGRAMA EMERGENTE DE APOYO A TRABAJADORAS Y TRABAJADORES
MIGRANTES DESEMPLEADOS DEL DISTRITO FEDERAL.
CONSIDERANDO:
Que el trabajo es el fundamento social
y base del bienestar de la población de un país. De su ejercicio pleno depende
el desarrollo y la prosperidad de los hogares y las familias que subsisten y
financian sus actividades sociales, económicas, culturales y recreativas con
los ingresos obtenidos por un empleo digno y bien remunerado.
Que la Declaración Universal de
Derechos Humanos de 1948 establece en sus artículos 22 y 25 el derecho de toda
persona a la seguridad y a contar con un nivel de vida adecuado que asegure a
ella y a su familia, la salud, el bienestar, la alimentación, el vestido, la
vivienda, la asistencia médica y el acceso a los servicios sociales necesarios.
Que el artículo 123 Constitucional
dispone que toda persona tiene derecho al trabajo digno
y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la
organización social para el trabajo, conforme a la Ley.
Que conforme a la Convención
Internacional para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores
Migratorios y sus Familiares, vigente en el Estado Mexicano desde el 1º de
julio de 2003, las autoridades federales y locales tienen la obligación de
establecer procedimientos o instituciones orientados a atender las necesidades
y aspiraciones de los trabajadores migrantes y sus familiares.
Que de acuerdo con lo previsto en el
artículo 3º de la Ley Federal del Trabajo, el trabajo es un derecho y un deber
social. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y
dignidad de quien lo presta, y debe efectuarse en condiciones que aseguren la
vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia.
Que a la Secretaría de Trabajo y
Fomento al Empleo del Distrito Federal, le corresponde llevar a cabo las
acciones necesarias, a fin de garantizar a los habitantes de la Ciudad de
México un trabajo digno y socialmente útil, ya sea a través de políticas
públicas permanentes que promuevan la creación de empleos y la organización
social para el trabajo, o bien, por medio de programas o medidas gubernamentales
enfocadas a atender problemas coyunturales o emergentes.
Que ante la crisis económica global
generada por el colapso del sistema financiero mundial, el Gobierno del
Distrito Federal, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, debe
instrumentar todas las medidas necesarias para afrontar sus efectos y ofrecer a
los grupos más afectados acciones concretas que les permitan superarla y ser
reincorporados a la dinámica laboral y económica lo antes posible.
Que entre las acciones prioritarias
para el Gobierno del Distrito Federal para hacer frente a esta crisis mundial,
se encuentra la atención de las y los trabajadores migrantes que hayan perdido
su empleo en el extranjero a partir del 1º de enero del presente año, y hayan
regresado a la Ciudad de México como consecuencia de este fenómeno global.
Que en concordancia con lo anterior, el
Jefe de Gobierno del Distrito Federal ordenó a la Secretaría de Trabajo y
Fomento al Empleo, planear y ejecutar el “Programa Emergente de Apoyo a
Trabajadoras y Trabajadores Migrantes Desempleados del Distrito Federal”,
atento a lo cual se emiten las siguientes:
BASES
1. De las características del Programa
Emergente de Apoyo a Trabajadoras y Trabajadores Migrantes Desempleados del
Distrito Federal.
A. Es
un sistema de protección social que se traduce en un beneficio económico
mensual de treinta días de Salario Mínimo General Vigente para el Distrito
Federal, entre otras acciones.
B. El
apoyo económico mensual se entregará al beneficiario por un periodo de hasta seis
meses.
C. La
Trabajadora o Trabajador migrante podrán acceder a este beneficio por una sola
vez y en tanto persistan las condiciones económicas que dieron origen a este
Programa.
D. Es
personal e intransferible y será entregado a través de una tarjeta de débito u
otro mecanismo que el Gobierno del Distrito Federal considere pertinente, de
acuerdo a la normatividad aplicable.
2. De los requisitos y procedimientos
de acceso
POBLACIÓN
OBJETIVO
Trabajadoras y trabajadores migrantes
desempleados, mayores de 18 años.
REQUISITOS
A. Que
la Esposa (o), concubina (o), conviviente, hijas (os) y/o padres, residan en el
Distrito Federal, o que el solicitante haya sido habitante del Distrito Federal
antes de haber migrado.
B. Haber
perdido su empleo a partir del 1° de enero de 2008, por las causas señaladas en
el considerando de esta convocatoria.
C. No
percibir ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión, subsidio o
relación laboral diversa, tanto en México como en el extranjero.
D. Ser
demandante activo de empleo.
DOCUMENTACIÓN
REQUERIDA
Original y copia de:
A. Acta
de nacimiento.
B. Identificación
oficial vigente con fotografía.
C. Clave
Única de Registro de Población (CURP).
D. Documento
oficial con el que acredite que su esposa (o), concubina (o), conviviente,
hijas (os) y/o padres, residan en el Distrito Federal, o que el solicitante
haya sido habitante en el Distrito Federal antes de haber migrado.
Acredite ser migrante con cualquiera de
los siguientes documentos:
Comprobante de envío de remesas o
similares.
Matricula consular.
Constancia expedida por un club de
migrantes de la Ciudad en donde residió o por la asociación sindical en el caso
de que haya estado afiliado.
Recibos de pagos de servicios.
Boletos de avión o autotransporte
público que acredite el ingreso y salida posterior del país en donde prestó sus
servicios.
Membresía eclesiástica.
O cualquier otro con el que acredite la
calidad que invoca y validado por la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad
para las Comunidades del Gobierno del Distrito Federal.
DEL
ACCESO AL PROGRAMA
A. Acudir
personalmente a las oficinas y módulos señalados en esta Convocatoria y, en su
caso a la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, cuando
se requiera la validación del documento con el que acredite la calidad de
migrante.
B. Suscribir
carta compromiso donde se especifican las obligaciones que adquiere el
beneficiario.
C. Requisitar y entregar de manera personal y directa la
solicitud, carta compromiso y documentación requerida